ASUNTO: FP02-J-2012-000048
RESOLUCION Nº PJ0822012000080

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista la solicitud de homologación de acuerdo por OBLIGACION DE MANUTENCION, de fecha 20-01-2012, Suscrita por los ciudadanos: LUIS ANTONIO PASARELLA ESCALONA y MARIANNY DEL VALLE CAMPOS, titulares de la cedula de identidad Nº 13.157.080 y 15.970.261, identificados en autos, debidamente asistidos por la Dra. YAJAIRA GIANNASTTASIO, en su carácter de Fiscal Séptimo (E) del Ministerio Publico, cuyo escrito cursa en autos al folio 02, este Juzgado de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen el artículo 375 de la LOPNNA con el articulo 518 ejusdem, en concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC, ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-

LA JUEZ DE MEDIACION (1),

DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO


LA SECRETARIA DE SALA,

ABOG.