REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.


ASUNTO PRINCIPAL: LP11-P-2007-000216
ASUNTO : LP11-P-2007-000216


AUTO ORDENANDO COMPUTO ACTUALIZADO DE PENA CUMPLIDA

Vista la petición contenida en Oficio No. DP-05-332-11, de fecha 01.11.2.011, suscrito por la Abg. Oliva Volcanes, en su condición de Defensora Pública 5ª. de esta entidad con competencia en ejecución de sentencia, mediante el cual solicita a este Despacho se le realice cómputo actualizado de pena cumplida por su representada JHOANAN SANGUINETE PARODI, titular de la cédula de identidad Nº 18.636.658,incursa en el Asunto Penal No. LP11-P-2007-000216, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal acuerda conforme a lo solicitado. En consecuencia, se ordena elaborar el cómputo actualizado de pena cumplida por la prenombrada penada, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de verificar la fecha en que la referida penada, cumplirá la pena impuesta. Para tales efectos, se observa que, la mencionada penada fue detenida el día 09-02-2.007, permaneciendo privada de su libertad hasta la presente fecha (19.01.2.012), acumulando una pena cumplida, sin redención, de CUATRO (04) AÑOS, ONCE (11) MESES Y DIEZ (10) DIAS. Ha sido objeto de redención judicial de la pena por el trabajo y el estudio, así: 1.- En fecha 12.08.2008, por OCHO (08) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS; 2.- En fecha 13.05.2009, por CUATRO (04) MESES, CUATRO (04) DIAS Y DOCE (12) HORAS; 3.- En fecha 13.12.2009, por UN (01) MES Y DOCE (12) DIAS, totalizando un tiempo redimido de UN (01) AÑO, DOS (02) MESES, DIEZ (10) DIAS Y DOCE (12) HORAS, que sumado a la pena cumplida sin redención, totaliza una pena cumplida, con redención, de SEIS (06) AÑOS, UN (01) MES, VEINTE (20) DIAS Y DOCE (12) HORAS, y como fuera sentenciada a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, le resta por cumplir una pena de TRES (03) AÑOS, CUATRO (04) MESES, NUEVE (09) DIAS Y DOCE (12) HORAS, que se estima finaliza el día 28 DE MAYO DE 2015 A LAS 12:00 DEL MEDIODIA. Notifíquese a la Fiscalía XXII del Ministerio Público del estado Mérida con Competencia en Ejecución de Sentencia, a la Abg. Oliva Volcanes Andrade, Defensora Pública Quinta, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Mérida, Extensión El Vigía, para la fase de Ejecución, y remítase copia del referido Cómputo al Director del Centro Penitenciario de la Región Andina. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-

EL JUEZ EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN No. 02


ABG. NOEL ENRIQUE PETIT LEAL

LA SECRETARIA: