REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
YARACUY.
San Felipe, 16 de Febrero de 2012.
Años: 201° y 152°

Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de las testigos juradas, ciudadanas JACINTA MARTINA VILORIA MEDINA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V- 8.512.203 y domiciliada en el sector El Paují calle principal casa 23, Parroquia San Javier, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, y DILCIA DEL CARMEN CHIRINOS MEDINA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V- 7.580.880 y domiciliada en calle principal del Paují casa S/N, Parroquia San Javier, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de los ciudadanos SOSIMO RAMON RONDON TRAVIEZO, ISIDRO JOSE RONDON TRAVIEZO, YSMAEL JOSE RONDON TRAVIEZO, ELIGIO JOSE RONDON TRAVIEZO, CARMEN RONDON TRAVIEZO, LISBETH RAMONA RONDON TRAVIESO, MARYOLI YOLIMAR RONDON TRAVIEZO, OMAIRA ZULEIMA RONDON TRAVIEZO y EXIDALIA JOSEFINA RONDON TRAVIEZO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 5.457.595, V- 7.577.372, V- 8.511.945, V- 7.909.567, V- 7.577.371, V- 14.608.416, V- 13.094.312, V- 11.649.398, V- 11.649.394 respectivamente, todos de este domicilio, solicitado por los ciudadanos EUSTAQUIO RENATO RONDON y BACILISA MARIA TRAVIEZO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 827.623 y V- 5.457.596, ambos de este domicilio, sobre unas bienhechurías construidas en un área de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicado en la prolongación de la avenida Libertador, sector el Paují, Parroquia San Javier, Jurisdicción del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, sobre las cuales el Tribunal otorga Titulo Supletorio; en un área de terreno de Setecientos Treinta y Nueve metros con Sesenta y Nueve metros cuadrados (739,69 mts2), y con un área de construcción de Cincuenta y Nueve metros con Treinta y dos metros cuadrados (59,32 mts2), comprendido dentro de los linderos siguientes: Norte: Retiro de la Quebrada; Sur: Prolongación de la avenida Libertador que es su frente; Este: casa y solar que es de Lisbeth Rondón y Carlos Alejos, y Oeste: Casa y solar que es de José Aular; bienhechurías que consisten en una casa, constituida en paredes de bloques frisadas, dos (2) baños con sus accesorios, con paredes y piso de cerámica, con techo de acerolit sobre vigas de hierro, con dos (2) puertas de hierro, una (1) de entrada y una (1) con acceso al patio, piso de cemento pulido, una (1) habitación, recibo/comedor/cocina.; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros sobre dichas bienhechurías. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia certificada de esta providencia en el archivo del Tribunal.

EL JUEZ,

ABG. CESAR AUGUSTO RODRIGUEZ ACOSTA
LA SECRETARIA,

ABG. CELSA L., GONZÁLEZ A.

En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.

LA SECRETARIA,

ABG. CELSA L., GONZÁLEZ A.