REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 27 de Febrero de 2012
Años: 201º y 153°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos GEMINI MARGOT REGALADO MENDOZA y TERESA DE JESÚS RAMÍREZ CASTILLO titulares de la cédula de identidad No. V-11.383.326 y V-10.860.531 respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana JOSEFINA MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.477.633, sobre unas bienhechurías construidas en un terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), sobre los cuales el Tribunal otorga TITULO SUPLETORIO, sobre dichas bienhechurías ubicadas en el Sector Divino Niño, asentamiento campesino Higuerón, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy; que mide aproximadamente DOSCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS (280 Mts2), comprendidos dentro de los siguientes linderos: Norte: Vereda 2 Divino Niño Sur: Bienhechuría que es o fue de Teresa Ramírez. Este; Bienhechuría que es o fue de Yenny Regalado Mendoza y Oeste: Bienhechuría que es o fue de María Duran, con una área de construcción de DIECIOCHO METROS CUADRADOS (18 Mts2), bienhechurías que consisten en un rancho de paredes de barro y techo de zinc, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia de esta providencia.
EL JUEZ,
ABG. CÉSAR AUGUSTO RODRÍGUEZ ACOSTA,
LA SECRETARIA,
ABG. CELSA L., GÓNZALEZ A.
En la misma fecha se devuelve la Solicitud N° 134-12 constante de nueve (09) folios.
LA SECRETARIA,
ABG. CELSA L., GÓNZALEZ A.