REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 17 de Febrero del 2012
Años: 201° y 152°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos MERYS COROMOTO TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.584.877, domiciliada en la comunidad de Pueblo Nuevo Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y JESUS ALBERTO ANDARA OTAIZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.580.394, con domicilio en la comunidad Pueblo Nuevo Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana YOMAIRA CAROLINA GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-16.974.055 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó en un lote de Terreno propiedad Municipal, que mide CIENTO OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SEIS CENTIMETROS ( 188,46 Mts2 ), ubicado en la Avenida Fermín Calderón entre calles 7-A y 7 de la comunidad de Pueblo Nuevo de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistentes de una casa construida con paredes de bloque rustico, techo de zinc, piso de cemento pulido, distribuida en una sala con una puerta de entrada de hierro y una ventana de hierro con vidrios, dos habitaciones con ventana de hierro con vidrios, una cocina con una ventana de hierro con vidrios, una puerta de salida de hierro y dos baños, totalmente cercadas con paredes de bloque rustico con sus servicios de electricidad, cloacas y aguas blancas; y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Maria Yolanda Álvarez en 13.80 ml; SUR: Avenida Fermín Calderón su frente en 18,40 ml; ESTE: Casa que es o fue de Lázaro Camacho en 7,30 ml; OESTE: Casa que es o fue de Carlos Julián López en 18,10 ml; Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento con código catastral N° 22-03-01-AU-105-27-07 otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 14 de Diciembre del año 2011. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 1885/2012.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTR ACOSTA La secretaria,
EBA/EM/klency.- Abg. ERLEN MARTINEZ