REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 22 de Febrero de 2012
Años: 201º y 152º


Vistas y revisadas las actas que conforman el presente expediente seguido por la ciudadana LUVYS CORAIMA ANDRADES en contra del ciudadano RAFAEL ALBERTO LIBORIUS y en beneficio de su hijo IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, el cual se Decidió en fecha 25 de Mayo de 2006 y se observa que desde el 02 de Junio del año 2006 fecha en que se notificó a la ultima de las partes del fallo dictado, ninguna de las partes a comparecido a realizar ninguna actuación, por lo que se paralizó la causa por falta de Impulso procesal fecha 04 de Febrero de 2008, y habiendo, transcurriendo desde la fecha de la ultima actuación más de Seis años, éste Juzgador considerando que por razones de estadísticas y de espacio físico del archivo, no deben acumularse indefinidamente causas en estado de inactividad ordena el cierre de la causa sin que esto signifique por ningún motivo que éste Juzgador esté lesionando los derechos a los beneficiarios de ésta causa, en vista de que cualquiera de las partes podrá solicitar la apertura de una nueva causa, solicitando aumento de la Obligación de Manutención conforme a lo previsto en el articulo 369 parágrafo Tercero de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y adolescente.
En consecuencia se ACUERDA: Cerrar la presente causa. Asimismo archivar el presente expediente, desincorporarlo del inventario real y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial del Estado para su Guarda y custodia. Cúmplase con lo ordenado y déjese constancia en el Libro diario.-

El Juez,



Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA La Secretaria,


Abg. ERLEN MARTINEZ

EBA/klency.-
EXP N° 790/04