REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 23 de Febrero del 2012
Años: 201° y 152°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos MAGALIS COROMOTO OVIEDO GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.913.236, domiciliada en la comunidad de Pozo Nuevo de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y CANDITA NEREIDA HERNANDEZ LEAL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.502.138, con domicilio en la comunidad Pozo Nuevo de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos PABLO ALEXANDER APARICIO CASTILLO Y ANNY LISSETT APARICIO CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 12.724.063 y V- 11.650.920 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurías que el solicitante ciudadano PABLO JOSE APARICIO DELGADO Titular de la cedula de Identidad N° 3.258.536 fomentó en un lote de Terreno que mide TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON DIECINUEVE CENTIMETROS ( 384,19 Mts2 ), de los cuales CIENTO NOVENTA (190 Mts2) METROS CUADRADOS son de Terreno propio según documento registrado por ante el Registro Subalterno del Municipio Bruzual anotado bajo el N° 43,Folio 89 al 91, Protocolo Primero, segundo Trimestre del año 1.9997 y CIENTO NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON DICECINUEVE CENTIMETROS (194,19 Mts2) propiedad Municipal, y está ubicado en la calle 12 entre avenidas 12 y 13 de la comunidad de Pozo Nuevo de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, conservando el solicitante el derecho de usufructo sobres las bienhechurías mienstra viva. Dichas bienhechurías consisten en: Una casa de habitación construida con paredes de bloque de concreto, totalmente frisada y pintada, techos de acerolit una parte y la otra con platabanda, pisos de concreto, y una parte con y puertas de metal. Dicha casa se encuentra distribuida de la siguiente manera: Cinco dormitorios, una sala, un comedor, un área para la cocina, dos baños, un lavadero, un garaje, y un patio sembrado con aguacates, limones y cambur, perimetralmente esta cercada con paredes de bloques de concreto, el frente jardinera de bloques con rejas de metal.; y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Fran Colmenarez en 21,91 ml; SUR: Alcides Alvarado en 21,50 ml; ESTE: Eloy Piña en 17,70 ml; OESTE: Calle 12 ( su frente) en 17,65 ml; Según se evidencia del Levantamiento Planimetrico N° DC-Au-Lp (18-102)- 243-2008 otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 25 de Junio del año 2008. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 1890/2012.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTR ACOSTA La secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
EBA/EM/klency.-