REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 29 de Febrero de 2012
Años: 201º y 152º

Vistas y revisadas las actas que conforman el presente expediente seguido por la ciudadana MAIRA JOSEFINA FALCON ALFIN en contra del ciudadano ARTURO ADELIS MENDEZ NOGUERA y en beneficio de su hija SE OMITE IDENTIDAD SEGÚN ARTICULO 65 DE LA LEY PARA LA PROTECCION DEL NIÑO,NIÑA Y ADOLESCENTEel cual se Decidió en fecha 28 de Abril de 2008, y se observa que desde el 17 de Marzo del año 2009 ninguna de las partes a comparecido a realizar ninguna actuación en la causa, luego de que la demandante solicitara copias certificadas de la decisión dictada y acordadas por este Juzgado en la misma fecha. Por tanto, al no demostrar ninguna de las partes interés procesal se paralizó la causa por falta de Impulso procesal fecha 22 de Febrero de 2010, y habiendo transcurriendo desde la fecha de la ultima actuación más de Dos años, éste Juzgador considerando que por razones de estadísticas y de espacio físico del archivo, no deben acumularse indefinidamente causas en estado de inactividad ordena el cierre de la causa sin que esto signifique por ningún motivo que éste Juzgador esté lesionando los derechos a los beneficiarios de ésta causa, en vista de que cualquiera de las partes podrá solicitar la apertura de una nueva causa, solicitando aumento de la Obligación de Manutención conforme a lo previsto en el articulo 369 parágrafo Tercero de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y adolescente.
En consecuencia se ACUERDA: Cerrar la presente causa. Asimismo archivar el presente expediente, desincorporarlo del inventario real y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial del Estado para su Guarda y custodia. Cúmplase con lo ordenado y déjese constancia en el Libro diario.-

El Juez,


Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA La Secretaria,


Abg. ERLEN MARTINEZ

EBA/klency.-
EXP N° 1290/07