REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 06 de Febrero del 2012
Años: 201° y 152°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: SONIA SALVADORA DIAZ PINEDA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.504.488 domiciliada en la Calle Principal de la Comunidad Palo Grande de la Parroquia Campo Elias del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y DEISY COROMOTO ANTEQUERA TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.963.081 y domiciliada en la Calle Principal, Sector las Viviendas de Palo Grande de la Parroquia Campo Elias del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana EDITH LILIANA TREJO RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 19.851.935 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuria que la solicitante dicen poseer sobre un lote de terreno propiedad del INTI, ubicado en la Calle Principal, Comunidad Palo Grande de la Parroquia Campo Elias del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 783,03 Mts2, dicha bienhechuria posee las siguientes características: un (1) sembradío de árboles frutales, tales como seis (6) matas de aguacates y un (1) rancho de una (1) sola pieza, construido con paredes de barro, techo de laminas de zinc y piso de tierra, cercado con alambres de púas y estantillos de madera viva y muerta a tres (3) palos de alambre y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Ambulatorio Palo Grande en 29,00 ml; SUR: Casa que es o fue de Maria Rodríguez en 23,00 ml; ESTE: Calle principal ( su frente) en 30,00 ml OESTE: Casa que es o fue de Petra Escalona en 30,80 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Código Catastral Nº 22 03 02 AR 105 04 17 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 13 de Enero del año 2011. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 1863/2012.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
jt.