REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 07 de Febrero de 2012
Años: 201° y 152°

Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza las presentes actuaciones y las declaraciones de los testigos, ciudadanos: RAUL ALEXANDER CRESPO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.997.151, domiciliado en la Urbanización Simón Bolívar Casa Nro. 5, Calle 6, el Ceibal Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y JOSE PROVIDENCIO RAMIREZ BLASCO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-2.567.548, domiciliado en el Caserío el Ceibal Calle Principal Casa S/N, Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, este Juzgado Actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: VITELVA VIATRIZ PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-5.139.073, Sin Perjuicios de Tercero de Igual o Mejor Derechos, sobre unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno perteneciente Instituto Nacional de Tierras (INTi), el cual se encuentra ubicado en la Vía de Servicio esquina Callejón sin nombre Caserío el Ceibal Municipio Bruzual Estado Yaracuy, con una superficie que mide: DOSCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS CON SETENTA CENTIMETROS (240,70 Mts2) consistente en Una Casa construida con paredes de bloque frisados, techo de zinc, piso de granito, con una (1) puerta de entrada de laminas de hierro y un (1) portón de hierro para entrada de estacionamiento, distribuida de la siguiente manera: Tres (3) habitaciones, una con puerta de madera y ventana panorámica de aluminio con vidrio, Una (1) cocina con una (1) ventana panorámica de aluminio con vidrio, Una (1) Sala- Comedor con una (1) ventana panorámica de aluminio con vidrio, Un (1) corredor con Dos (2) protectores de hierro y Un (1) baño, además tengo Un (1) tanque de tipo piscina, totalmente cercadas dichas bienhechurías con paredes de bloque rustico, con sus servicios de aguas blancas, cloacas y electricidad. Siendo sus linderos los siguientes: NORTE: Vía de Servicio Autopista Centro Occidental (su frente) (14,50 ml), SUR: Casa y solar de Carolina Torres (13,50 ml.), ESTE: Calle sin nombre (17.00 ml) y OESTE: Casa y solar de Oswaldo Lobo (17,40 ml). Devuélvase Original con sus resultas a la parte interesada, a los fines solicitados y déjese Copia Certificada en el archivo de este Juzgado. Se le asignó el No. 1871-2012. Este Juzgado hace la salvedad de que este Titulo no podrá ser registrado sino se presenta la autorización del Instituto Nacional de Tierras (INTi).

El Juez

Abg. Efraín Ballester Acosta
La Secretaria

Abg. Erlen Martínez
Abg.EBA/EM/gc