REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Heres del
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del
Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 10 de febrero de 2012
201º y 152º
RESOLUCIÓN: PJ0252012000036
ASUNTO: FP02-S-2011-004202

Visto el escrito de Solicitud de DIVORCIO, conforme al artículo 185-A del Código Civil, de fecha 12-12-2011, suscrito por los ciudadanos RAMÓN RAFAEL CARVAJAL y ROMELIA JOSEFINA RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad. N° V-4.985.441 y 5.548.635, debidamente asistidos por la ciudadana VICTORIA ARAUJO, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 113.155, y, por cuanto de autos se evidencia que fecha 14-12-2011, este tribunal dictó despacho saneador, a los fines que los solicitantes consignaran copia certificada del Acta de su Matrimonio, requisito éste fundamental para la admisión de la pretensión y estando en la oportunidad procesal para que este juzgador emita el pronunciamiento correspondiente conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil y, por cuanto hasta la presente fecha no han cumplido con su carga procesal en lo que respecta a la consignación de la misma, se DESESTIMA la misma. Se acuerda dar por terminado el presente procedimiento y se ordena la devolución de los originales y su archivo definitivo.
El Juez,

Abg. Orlando Torres Abache
La Secretaria,

Abg. Inocencia Linero