REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Heres del
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 10 de febrero de 2012
201º y 152º
RESOLUCION N°: PJ0252012000037
ASUNTO: FP02-S-2012-000021
Visto el auto de fecha 13-01-2012, inserto al folio nueve (9) del presente asunto, se evidencia que la parte solicitante no dio cumplimiento, a la consignación del acta de defunción requerida, en el lapso fijado por este tribunal. En razón de ello le es aplicable lo establecido en el artículo 7 del Código de Procedimiento Civil; lo que conlleva a este Tribunal desestimar la presente solicitud de DECLARACION DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS interpuesta por el ciudadano ANDIS JOSE BUENO. Se ordena la devolución de los documentos originales; Termínese el presente asunto, y desincorpórese remitiéndolo al archivo judicial.-
El Juez,
Abog. Orlando Torres Abache
La Secretaria Abg. Inocencia Linero