REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Heres del Primer
Circuito de La Circunscripción Judicial del
Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 23 de Febrero de 2012
201° y 152°
RESOLUCION N°: PJ0252012000051
ASUNTO: FP02-V-2012-000217
Revisadas minuciosamente las actuaciones que conforman el presente asunto este tribunal observa:
Que el presente procedimiento dimana de una acción de CUMPLIMIENTODE CONTRATO, incoado por la ciudadana ANA CATALINA FARFAN DE GARCIA, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-12.190.497 en contra de la empresa mercantil SEGUROS LA PREVISORA C.A.
Que en fecha 14-02-20012, fue asignada a este tribunal mediante el proceso de distribución de juris 2000, en virtud de la declinatoria de competencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Siendo la oportunidad procesal a los fines de emitir el pronunciamiento correspondiente sobre la admisibilidad del presente juicio, se evidencia que la actora al momento de interponer su demandada no acompañó los instrumentos (originales) fundamentales de la pretensión establecida en el ordinal 6 del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, como tampoco cumplió con la carga que le impone el ordinal 3 del citado artículo, en lo referente en relación a la denominación o razón social y los datos relativos a su creación o registro de la empresa SEGUROS LA PREVISORA C.A., circunstancias estas que obligan a este juzgador declarar inadmisible la pretensión interpuesta por la ciudadana ANA CATALINA FARFAN DE GARCIA, en contra de SEGUROS LA PREVISORA C.A.- Y ASI SE DECIDE.-
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar DECLARA INADMISIBLE la acción de cumplimiento de contrato incoada por ANA CATALINA FARFAN DE GARCIA, en contra de SEGUROS LA PREVISORA C.A.-
El Juez,
Abog. Orlando Torres Abache
La Secretaria,
Abog. Inocencia Linero
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