REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Heres del
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 24 de Febrero de 2012
201º y 153º
RESOLUCIÓN N°: PJ0252012000054
ASUNTO: FP02-S-2012-000205
Revisado como ha sido el escrito de solicitud que antecede, presentado por los ciudadanos GLADYS BEATRIZ ARRIOJA y JOSE LUIS FREIRE CORDOVA, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad Nº V-4.597.890 y V-5.549.860, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio JORGE LUIS DAVADILLO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 147.425, contentivo de la solicitud de DIVORCIO 185-A, y en fecha 01-02-2012, el tribunal insto a los solicitantes consignar, copia certificada de el acta de matrimonio, dentro de un lapso de tres días hábiles de despacho, y hasta la presente fecha, la parte interesada no ha comparecido a los fines de consignar copia certificada del acta de matrimonio, documento fundamental para demostrar el vinculo de unión matrimonial. Imposibilitando a este juzgado cumplir con el contenido de la misma; en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 10 del Código de Procedimiento Civil, se DESETIMA la admisión de dicha solicitud. Dese por terminado y archívese la presente causa.
El Juez,
Abog. Orlando Torres Abache
La Secretaria
Abg. Inocencia Linero
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