REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO HERES
PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLÍVAR
Ciudad Bolívar, 27 de febrero de dos mil doce
201° y 153°

RESOLUCION N°: PJ0252012000057
ASUNTO: FN02-X-2011-000032
ASUNTO PRINCIPAL: FP02-V-2011-000309

Visto el escrito de fecha 07-02-2012, inserto en el presente cuaderno de medidas, correspondiente a los folios treinta y cuatro (34) al folio treinta y seis (36), del mismo se desprende que las partes intervinientes en el presente asunto; por la parte actora los abogados MAURO ALEXANDER GAMBOA MENDEZ y LIZA MOUSSA AKKARY, de este domicilio e inscritos en el IPSA bajo los Nº 119.726 Y 132.635, en su carácter de co-apoderados judiciales de la ciudadana JANELIA MILAGROS DAYANA NATERA CASTELLANOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.619.680, y por la parte demandada la empresa mercantil STUDIO DE BELLEZA ISABELLA, C.A., representada por la ciudadana JOSEFINA ISABELA CROAL LEDEZMA, venezolana, mayor de edad, titula de la cedula de identidad Nº V-10.049.538, de este domicilio, en su carácter de Presidenta de la misma, debidamente asistida por el abogado CLAUDIO ZAMORA FERNANDEZ y, por cuanto de la misma se evidencia que han celebrado TRANSACCIÓN en cuanto a la presente acción de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION), este tribunal, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la correspondiente HOMOLOGACION teniéndose como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Se acuerda anexar copias del acta de embargo antes indicada junto con copia certificada de la presente decisión en el copiador de homologaciones del tribunal.-
El Juez,


Abg. Orlando Torres Abache
La Secretaria,


Abg. Inocencia Linero