REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolívar, veinticuatro (24) de febrero de dos mil doce (2012).
201º y 153º
Asunto FP02-V-2011-000960
Resolución Nº PJ0262012000048
De conformidad con el acta que antecede, de fecha 22 de los corrientes, mediante la cual la ciudadana AIXA TOLVE CEDEÑO, titular de la cédula de identidad número 8.872.742, abogada inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 44.873, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano GIUSEPPE MISSANO, procede a retirar los cheques de gerencia números 1.- 58601484 y 83601593, de fechas 07 de noviembre y 13 de diciembre de 2011, a la orden de GIUSEPPE MISSANO, por la cantidad de CIEN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 94/100 (100.799,94) y CIEN MIL DOSCIENTOS CON 00/100 (100.200,00),, respectivamente, del Banco Nacional de Crédito, girados contra la cuenta No. 01910129102500001292, los cuales fueren ofertados a su mandante por el ciudadano FLORENCIO HILARIO VILCA CAPIRA, a través del procedimiento de la oferta y del depósito previsto en el Código de Procedimiento Civil; y considerando que la mencionada apoderada tiene facultad para recibir dinero, conforme se evidencia de poder que corre inserto en los folios 31 y 32 del presente expediente, como lo exige el artículo 154 ejusdem, en consecuencia este Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara terminado el presente procedimiento de oferta y depósito efectuado por FLORENCIO HILARIO VILCA CAPIRA en beneficio de GIUSEPPE MISSANO, conforme al artículo 826 ibídem. Así se decide. Archívese el presente expediente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de este tribunal, en Ciudad Bolívar, a los veinticuatro (24) días del mes de Febrero del dos mil Doce. (2012). Años: 201° de la Independencia y 153° de la Federación.
El Juez,
Dr. Noel Aguirre Rojas
La Secretaria,
Abg. Helene Lanz Golding
En el mismo día de hoy, siendo las diez de la mañana se público la anterior sentencia interlocutoria.-
La Secretaria,
Abg. Helene Lanz Golding
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