REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR.
Puerto Ordaz, dos de febrero de dos mil doce.
201º y 152º
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
DESISTIDO
N° DE ASUNTO: FP11-L-2011-001251.-
PARTE ACTORA: Ciudadana ADRIANA BARRETO MARCANO, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 21.196.440.-
APODERADOS JUDICIALES: abogados en ejercicio MAIRLEN LOPEZ INOJOSA y HUMBERTO SOTO LOPEZ, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 11.809 y 175.589, respectivamente.-
PARTE DEMANDADA: sociedad mercantil VIRGE`S FASHION INTEGRAL,C.A.-
ABOGADA ASISTENTE: abogada en ejercicio ANA MARIA HERRERA, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 31.757.-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.
Hoy, dos (02) de febrero de 2012, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (09.30 a.m), día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, según Acta de Sorteo Público N° 013-2012, de esta misma fecha, que se ordena agregar a los autos a los fines legales consiguientes, el tribunal deja constancia que anunciado el acto por intermedio del Alguacil adscrito al Circuito Laboral a las puertas del Juzgado, siendo informada la jueza por intermedio del alguacil adscrito al circuito judicial que anunciado el acto a las puertas del Juzgado, la parte actora Ciudadana ADRIANA BARRETO MARCANO, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 21.196.440 y de este domicilio, no compareció a la instalación de la audiencia ni por si ni por medio de cualesquiera de sus apoderados judiciales constituidos en autos y que hicieron acto de presencia las ciudadanas BUYSSE DE CARPIO GERALDINE NELLY y IDROGO DE CAÑAS VIRNA JOSEFINA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 9.943.958 y 7.018.353, respectivamente , en su condición de representantes legales de la parte demandada sociedad mercantil VIRGE`S FASHION INTEGRAL,C.A, tal como consta de documento constitutivo estatutario que consignan en este acto solicitando su devolución previa certificación en autos, debidamente asistidas por la abogada en ejercicio ANA MARIA HERRERA, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 31.757, respectivamente.- En merito de lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION CON COMPETENCIA EN EL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.-
Previa certificación en autos devuélvase original de Documento Constitutivo Estatutario consignado por la representación de la empresa demandada, a tenor de lo estatuido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y artículos 107 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
Procédase al archivo judicial del presente expediente hasta tanto sea enviado a la sede del Archivo Judicial del Extinto Consejo de la Judicatura una vez transcurridos los lapsos recursivos a que hubiere lugar.-
Publíquese, regístrese y déjese copia de esta Decisión en el compilador respectivo.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, a los dos días del mes de febrero del año dos mil doce.-
LA JUEZA,
Abg. Juana León Urbano.
LA REPRESENTACION JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA COMPARECIENTE
LA SECRETARIA,
XIOMARA ORTIZ
Seguidamente se cumplió con lo ordenado.-
LA SECRETARIA,
XIOMARA ORTIZ
N° DE ASUNTO: FP11-L-2011-001251.-
02022012
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