ASUNTO: UP11-V-2011-0000704

DEMANDANTE: IVAN JOSE VILLAVICENCIO TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.546.957, domiciliado en la calle 12_a, entre Av. Bolívar y Bruzual, Boraure, Municipio la Trinidad estado Yaracuy.


DEMANDADA: ASTRID NATHALY SANCHEZ PALACIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.3023.175 domiciliada en la calle 12, entre Av. Bolívar y Bruzual, Sector El Local, Boraure, Municipio La Trinidad estado Yaracuy.


NIÑA: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES).


MOTIVO: OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION.

En fecha 12 de Diciembre de 2011, se recibió escrito y demás recaudos anexos relativos al procedimiento de OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, por el ciudadano IVAN JOSE VILLAVICENCIO TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.546.957, domiciliado en la calle 12_a, entre Av. Bolívar y Bruzual, Boraure, Municipio la Trinidad estado Yaracuy, a favor de la niña (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), quien se encuentra representada por la Fiscal Séptimo del Ministerio Publico de este estado Yaracuy, en contra de la ciudadana ASTRID NATHALY SANCHEZ PALACIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.3023.175 domiciliada en la calle 12, entre Av. Bolívar y Bruzual, Sector El Local, Boraure, Municipio La Trinidad estado Yaracuy.

Revisadas las actas procesales que conforman a la presente causa, este Juzgador hace las siguientes consideraciones para decidirla:

En fecha 24 de Febrero de 2012, siendo la oportunidad fijada para llevar a efecto la audiencia preliminar en su fase de mediación, se constituyó este Juzgado presidido por la jueza abogada ANILEC SILVA CAMACARO, por la secretaria abogada Noren Carvajal y el alguacil, ciudadano Edgar Meléndez. Se deja constancia de la no presencia del ciudadano IVAN JOSE VILLAVICENCIO TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.546.957, domiciliado en la calle 12_a, entre Av. Bolívar y Bruzual, Boraure, Municipio la Trinidad estado Yaracuy, parte demandante en el presente asunto, ni por si ni por medio de apoderado judicial que lo represente. Se deja constancia de la presencia de la ciudadana ASTRID NATHALY SANCHEZ PALACIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.3023.175 domiciliada en la calle 12, entre Av. Bolívar y Bruzual, Sector El Local, Boraure, Municipio La Trinidad estado Yaracuy, parte demandada. Vista la incomparecencia del demandante el tribunal dictó el dispositivo, declarando Desistido y en consecuencia terminado el presente asunto.

Encontrándose la causa para dictar sentencia, esta Juzgadora decide en los siguientes términos:

Ahora bien, al dejar constancia el Tribunal de la inasistencia de la parte demandante, se considera desistido el presente procedimiento. En consecuencia, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, de conformidad con lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente, devolver los originales de los instrumentos presentados a la parte que los produjo, y dejar copias certificadas de éstos en el mismo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los veinticuatro (24) días del mes de Febrero de 2012. Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza,
Abg. Anilec Silva Camacaro

La Secretaria

Abg. Noren Carvajal

En esta misma fecha se publico la presente sentencia, siendo las 10:30 a.m.

La Secretaria



Abg. Noren Carvajal