ASUNTO: UP11-J-2012-000166
SOLICITANTES: OSWALDO JOSE TORREALBA UTRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 8.518.982, domiciliado en la Urb Los Pinos, calle 3, casa Nro 14, Municipio Independencia estado Yaracuy y ERIKA RAFAELA GIMENEZ MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 11.636.980, residenciada en Urbanismo Nuevo Cañaveral, calle 4, Nro 56, Municipio Independencia, estado Yaracuy.
ADOLESCENTE: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON ELA RTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de diecisiete (17) años de edad, quien se encuentra asistida por el Abg. REYNALDO GOMEZ, en su carácter de Defensor Publico Cuarto adscrito a la Unidad de la Defensa Publica de este estado Yaracuy.
Motivo: HOMOLOGACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION.
Vista la solicitud anterior presentada por los ciudadanos OSWALDO JOSE TORREALBA UTRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 8.518.982, domiciliado en la Urb Los Pinos, calle 3, casa Nro 14, Municipio Independencia estado Yaracuy y ERIKA RAFAELA GIMENEZ MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 11.636.980, residenciada en Urbanismo Nuevo Cañaveral, calle 4, Nro 56, Municipio Independencia, estado Yaracuy en su carácter de representante legal de la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON ELA RTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de diecisiete (17) años de edad, quien se encuentra asistida por el Abg. REYNALDO GOMEZ, en su carácter de Defensor Publico Cuarto adscrito a la Unidad de la Defensa Publica de este estado Yaracuy, mediante la cual llegaron acuerdo según se evidencia del acta de fecha 27 de Enero de 2012.
EN CUANTO A LA OBLIGACION DE MANUTENCION: PRIMERO: El padre ofrece aportar la cantidad de TRESCIENTOS VEINTICINCO CON SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES MENSUALES, para los gastos de manutención hasta que cumpla la edad de 25 años, siempre y cuando se mantenga en actividad escolar o surja una causal de extinción establecida en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Del mismo modo el padre solicita el descuento por nomina como se ha venido haciendo hasta ahora y solicita se oficie al Jefe de Recursos Humanos de la Gobernación del Estado Yaracuy. Las partes mostraron conformidad con lo dispuesto en los articulo 365 y 385 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; Encontrándose las partes conformes con dicho acuerdo, el cual no vulnera los derechos de los niños, en consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia se HOMOLOGA en sus propios términos dicho convenio, por no ser contrario a la moral y a las buenas costumbres, o a alguna disposición expresa de la Ley. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Regístrese, publíquese, déjese copia certificada y expídase por la Secretaría, copia certificada que soliciten las partes de la presente homologación. SE ACUERDA OFICIAR A JEFE DE RECURSOS HUMANOS DE LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO YARACUY, A FIN DE QUE REALICEN EL DESCUENTO POR NOMINA DE LA NUEVA CANTIDAD FIJADA COMO OBLIGACION DE MANUTENCION. Librese Oficio.
Dada, firmada y sellada, en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los siete (7) días del mes de Febrero de 2012. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza,
Abg. ANILEC SILVA CAMACARO
La Secretaria,
Abg. Noren Carvajal
En la misma fecha se dictó y publicó la sentencia, siendo las 9:56 a.m.
La Secretaria,
Abg. Noren Carvajal
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