REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Extensión Ciudad Bolivar.
Ciudad Bolivar, 17 de febrero de 2012
201º y 152º

ASUNTO: FP02-V-2011-001715
RESOLUCION: Nº PJ82201200180

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR DE MEDIACION
SIN PRESENCIA DE LAS PARTES

En horas hábiles del día de hoy 17/02/12, siendo la Una y Treinta de la Tarde (01:30 Pm) de la tarde, día y hora acordada para que comparezcan los ciudadanos: ANDREINA YAMIRETH ARVELO VALLERA y NEOMAR JOSE CERMEÑO SOTO, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V-17.383.614 y 17.837.095, respectivamente, en la causa de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, a favor del niño: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), el Tribunal deja constancia que no compareció la parte demandante. Se deja expresa constancia que al mismo no compareció la parte demandante ciudadana: ANDREINA YAMIRETH ARVELO VALLERA, a la presente audiencia, se considera DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 472, primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes. Dando cumplimiento a lo establecido en el referido artículo se EXTINGUE la presente causa, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE MEDIACION (1)
DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO

LA SECRETARIA DE SALA
ABG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA.