REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar

Ciudad Bolívar, 23 de febrero de 2012
201º y 152º
ASUNTO: FP02-J-2012-000179
RESOLUCIÓN Nº PJ0822012000195

Sentencia Interlocutoria.

Solicitud por: Justificativo de Carga Familiar.-
Solicitante: Yenis Linarez Ordaz.
Niño: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes)


Revisando actas en el presente expediente, este Juzgado observa, que se cumplió con todos los requisitos exigidos en el presente asunto FP02-J-2012-000179, de Justificativo de Carga Familiar, de conformidad con los artículos 517 de la Ley Organiza de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 937 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara la Justificación de Carga familiar a la Ciudadana: YENIS LINAREZ ORDAZ titular de la Cedula de Identidad Nº. V-5.339.457, a favor del niño: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). Así se Decide Entréguense los documentos originales previa certificación en autos, a la parte interesada. Cúmplase. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.------
La Juez (1º) de Mediación

Dra. Ligia Elizabeth Moreno Rivero

La (El) Secretaria (o)


LEMR/Jessica.-