REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 9 de febrero de 2012
201º y 152º
ASUNTO: FP02-J-2012-000082
RESOLUCIÓN Nº PJ0822012000132
Sentencia Interlocutoria.
Solicitud por: Justificativo de Carga Familiar.-
Solicitante: Carmen Audelina Lopez Balza.
Niño:
Revisando actas en el presente expediente, este Juzgado observa, que se cumplió con todos los requisitos exigidos en el presente asunto FP02-J-2012-000082 de Justificativo de Carga Familiar, de conformidad con los artículos 517 de la Ley Organiza de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 937 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara la Justificación de Carga familiar a la Ciudadana: CARMEN AUDELINA LOPEZ BALZA, titular de la Cedula de Identidad Nº V-4.599.272, a favor de sus nietos: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). Así se Decide Entréguense los documentos originales previa certificación en autos, a la parte interesada. Cúmplase. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.
La Juez (1º) de Mediación
Dra. Ligia Elizabeth Moreno Rivero
La (El) Secretaria (o)
LEMR/BETZABEH CARPIO.-
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