REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede en Puerto Ordaz
 
Puerto Ordaz, diecinueve de julio de dos mil doce
 
202º y 153º
 
 
ASUNTO PRINCIPAL 		: FP11-L-2011-000615
 
ASUNTO 			: FP11-R-2012-000245
 
 
Vista la diligencia presentada en fecha 18 de Julio de 2012 por la Abogada NEBRASKA GONZALEZ MALDONADO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 124.646; actuando en representación de la empresa PROMOCORNI, S.A.; mediante la cual expresamente DESISTE del recurso de apelación interpuesto oportunamente contra la decisión dictada en fecha 02 de Julio de 2012, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz; en consecuencia, por cuanto lo solicitado es procedente, este Tribunal le imparte su aprobación y la homologa declarando desistido el recurso de apelación intentado y en consecuencia quedó firme la decisión dictada por  el tribunal de primera Instancia. En tal sentido, se ordena la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal de origen.
 
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. En Puerto Ordaz, a los Diecinueve (19) días del mes de Julio de 2012. Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
 
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el compilador respectivo.- 
 
El Juez Superior Primero del Trabajo,
 
 
   Dr. Rene Arturo López Ramo.                                                              
 
                                                          El  Secretario de Sala,
 
 
                                                                                          Abog. Ronald Guerra
 
 
 
PUBLICADA EN EL DÍA DE SU FECHA, PREVIO ANUNCIO DE LEY A LAS OCHO Y CINCUENTA DE LA MAÑANA  (8:50 AM).-
 
 
                                                        El  Secretario de Sala,
 
 
                                                                                          Abog. Ronald Guerra
 
 
 
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