REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Heres
del Primer Circuito Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, diecisiete de julio de dos mil doce
202º y 153º
RESOLUCION N°: PJ0252012000221
ASUNTO: FP02-M-2011-000079
Visto el escrito de fecha 10-07-2012, inserto al folio 16, suscrito por la Endosataria en Procuración de la parte demandante, ciudadana GEORGETT BALEKJI KABBABE, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 113.214, mediante el cual DESISTE del presente juicio que por COBRO DE BOLIVARES (V.I.), le incoara la ciudadana JATZURI DEL CARMEN NOGUERA CEDEÑO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, con cédula de identidad N° V-11.726.507, a las ciudadanas IVIS ELIZABETH SILVERA y AURA JOSEFINA DALLAS SILVERA, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, con cédulas de identidad Nros. V-9.905.065 y V-12.645.685, respectivamente, este juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su HOMOLOGACION, teniéndose como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Como se pide, se ordena la devolución del original que corre inserto al folio 06 del presente asunto, previa su certificación en autos.- Déjese copia certificada del presente auto y del escrito de desistimiento en el copiador de homologaciones del tribunal; archívese el expediente.-
El Juez,
Abog. ORLANDO TORRES ABACHE
El Secretario Temporal,
JOSE RICARDO VELASQUEZ
P/p. eudys.
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