REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Circuito Judicial Civil de San Felipe
San Felipe, 12 de Julio de 2012
202º y 153º
ASUNTO: UP11-V-2012-000470
Vista la solicitud realizada la Defensoria Municipal del Niño, Niña y Adolescente del municipio Peña del estado Yaracuy, mediante la cual remite actuaciones realizadas antes ese órgano administrativo que involucra a los ciudadanos FELIPE RAFAEL ALVARADO MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 16.262.590, domiciliado en la Calle 15 entre Carreras 11 y 12, casa de ladrillo, Yaritagua, municipio Peña, estado Yaracuy y a la ciudadana ALIZABETH LORENA TORRES AGUILAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 17.320.479, residenciada en Carrera 11 esquina de la calle 12 dos cuadras después del Club El Níspero, Yaritagua, municipio Peña, estado Yaracuy, en beneficio del niño(IDENTIDAD OMITIDA SEGUN ARTICULO 65 DE LOPNNA), relacionado con régimen de convivencia familiar del niño antes mencionado y por cuanto el órgano administrativo de conformidad con el artículos 160 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, no le esta dado solicitar la tramitación de procedimiento ordinarios referente a Instituciones Familiares como es el caso en comento, este Tribunal no admite por ser contraria a la Ley especial que rige la materia. Por cuanto se hace necesario que el Procedimiento sea instado por un órgano competente se ordena remitir copias certificada de la actuaciones a la Fiscalía Séptima del Ministerio Publico, para que en su carácter de representante de niños, niñas y adolescentes que se encuentran residiendo en la jurisdicción de este estado Yaracuy proceda en consecuencia.
La Juez Temporal,
Abg. Katiuska Pérez Ojeda.
La Secretaria,
Abg. Reina Villegas
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