EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veintiséis (26) de julio de dos mil doce (2012).

202º y 153º

SOLICITANTE: MARITZA ZAMBRANO AVENDAÑO, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V- 8.001.529, domiciliada en la Ciudad de Mérida Estado Mérida y civilmente hábil, debidamente asistida por la abogada en ejercicio JUDITH QUINTERO ALBORNOZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V- 8.041.363, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 109.893, domiciliada en la Ciudad de Mérida Estado Mérida y jurídicamente hábil.

MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

SOLICITUD Nº 7.535.
CAPÍTULO I
DE LA NARRATIVA

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, interpuesta por la ciudadana MARITZA ZAMBRANO AVENDAÑO, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V- 8.001.529, domiciliada en la Ciudad de Mérida Estado Mérida y civilmente hábil, debidamente asistida por la abogada en ejercicio JUDITH QUINTERO ALBORNOZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V- 8.041.363, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 109.893, domiciliada en la Ciudad de Mérida Estado Mérida y jurídicamente hábil, en virtud de la cual requiere a este Tribunal se declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la causante MARÍA TIOFILA AVENDAÑO DE ZAMBRANO, quien era venezolana, viuda, de ochenta y nueve (89) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.457.867, natural de Mérida Estado Mérida, quien falleciera en Instituto Venezolano del Seguro Social de esta Ciudad de Mérida Estado Mérida, en fecha diez (10) de noviembre del año dos mil diez (2.010), como consta en la Copia Certificada del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil de la Parroquia Mariano Picón Salas, Municipio Libertador del Estado Mérida inserta bajo el No 120, Folio N° 120 y al vuelto, correspondiente al año 2.010, quien era madre de los Ciudadanos MARITZA ZAMBRANO AVENDAÑO, JULIA ZAMBRANO DE RIVEROS, FLOR ELENA ZAMBRANO AVENDAÑO, ANTONIO JOSÉ ZAMBRANO AVENDAÑO (difunto), JOSÉ SABINO ZAMBRANO AVENDAÑO, ANA FRANCISCA ZAMBRANO AVENDAÑO (difunta), BERNYS DEL CARMEN ZAMBRANO AVENDAÑO, y abuela de los ciudadanos JORGE EDUARDO ZAMBRANO GONZÁLEZ, ANA JURY ZAMBRANO GONZÁLEZ, JOSÉ ANTONIO ZAMBRANO GONZÁLEZ, LUÍS ALBERTO ZAMBRANO GONZÁLEZ, FRANSER YADIRA CONTRERAS ZAMBRANO, LILIANA MABEL CONTRERAS DE ROJAS y SERGIO LUÍS CONTRERAS ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, divorciados la primera, el quinto y la séptima, casada la segunda y la decima tercera, solteros la tercera, el cuarto, la sexta, el octavo, la novena, el decimo, el decimo primero, la decima segunda y el decimo cuarto,¬¬ titulares de las cédulas de identidad Nros. V – 8.001.529, V- 3.497.165, V – 3.036.913, (V – 3.765.535), V – 3.995.146, (V- 4.493.527), V -4.493.692, V – 12.351.529, V - 13.577.033, V – 14.917.561, V – 16.654.790, V – 12.353.919, V -14.106.469 y V – 17.523.619 respectivamente, domiciliados en la Ciudad de Mérida Estado Mérida y civilmente hábiles, tal y como se desprende de las copias certificadas de las actas de defunción, partidas de nacimiento, copias simples de las cédulas de identidad y las copias simples¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬ y originales de los Registros de Información Fiscal (RIF), quien solicita a este Tribunal se realice la respectiva declaratoria.
Visto igualmente los recaudos acompañados a la presente solicitud, consistentes en:

A)- Copia certificada del Acta de Defunción de la Causante MARÍA TIOFILA AVENDAÑO DE ZAMBRANO, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Mariano Picón Salas, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el N° 120, Folio N° 120 y al vuelto, correspondiente al año dos mil diez (2.010), (Folios 3 y 4 con sus vueltos).

B)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la Ciudadana MARITZA ZAMBRANO AVENDAÑO, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Juan Rodríguez Suárez, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el N° 99, correspondiente al año mil novecientos sesenta y uno (1.961), (Folio 7).

C)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la Ciudadana JULIA ZAMBRANO AVENDAÑO, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Juan Rodríguez Suárez, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el N° 94, Folio 30 al vuelto, correspondiente al año mil novecientos cuarenta y tres (1.943), (Folio 10).

D)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la Ciudadana FLOR ELENA ZAMBRANO AVENDAÑO, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el N° 54, Folio N° 00002, correspondiente al año mil novecientos cuarenta y ocho (1.948), (Folio 12).

E)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del Ciudadano ANTONIO JOSÉ ZAMBRANO AVENDAÑO, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Montalbán, Municipio Campo Elías del Estado Mérida, bajo el N° 147, correspondiente al año mil novecientos cuarenta y nueve (1.949), (Folios 15 y 16).

F)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del Ciudadano JOSÉ SABINO ZAMBRANO AVENDAÑO, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Montalbán, Municipio Campo Elías del Estado Mérida, bajo el N° 70, correspondiente al año mil novecientos cincuenta y uno (1.951), (Folio 21).

G)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la Ciudadana ANA FRANCISCA ZAMBRANO AVENDAÑO, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Montalbán, Municipio Campo Elías del Estado Mérida, bajo el N° 60, correspondiente al año mil novecientos cincuenta y siete (1.957), (Folios 23 al 25 con sus vueltos).

H)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la Ciudadana BERNYS DEL CARMEN ZAMBRANO AVENDAÑO, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Montalbán, Municipio Campo Elías del Estado Mérida, bajo el N° 187, correspondiente al año mil novecientos cincuenta y cinco (1.955), (Folio 28).

I)- Copia certificada del Acta de Defunción del Ciudadano ANTONIO JOSÉ ZAMBRANO AVENDAÑO, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Domingo Peña, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el N° 1474, Folio N° 074 al vuelto, correspondiente al año dos mil ocho (2.008), (Folio 30).

J)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del Ciudadano JORGE EDUARDO ZAMBRANO GONZÁLEZ, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el N° 2608, Folio N° 129, correspondiente al año mil novecientos setenta y cuatro (1.974), (Folios 34 y 35 con sus vueltos).

K)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la Ciudadana ANA JURY ZAMBRANO GONZÁLEZ, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Juan Rodríguez Suárez, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el N° 553, Folio 572, correspondiente al año mil novecientos setenta y seis (1.976), (Folio 38).

L)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del Ciudadano JOSÉ ANTONIO ZAMBRANO GONZÁLEZ, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Juan Rodríguez Suárez, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el N° 765, Folio N° 64, correspondiente al año mil novecientos setenta y nueve (1.979), (Folio 40).

LL)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del Ciudadano LUÍS ALBERTO ZAMBRANO GONZÁLEZ, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Juan Rodríguez Suárez, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el N° 813, Folio N° 327, correspondiente al año mil novecientos ochenta y uno (1.981), (Folio 43).

M)- Copia certificada del Acta de Defunción de la Ciudadana ANA FRANCISCA ZAMBRANO AVENDAÑO, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el N° 122, Folio N° 123, correspondiente al año mil novecientos noventa (1.990), (Folio 45).

N)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la Ciudadana FRANSER YADIRA CONTRERAS ZAMBRANO, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Juan Rodríguez Suárez, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el N° 139, Folio N° 141, correspondiente al año mil novecientos setenta y siete (1.977), (Folio 47).

Ñ)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la Ciudadana LILIANA MABEL CONTRERAS ZAMBRANO, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia El Sagrario, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el N° 310, Folio N° 317, correspondiente al año mil novecientos setenta y ocho (1.978), (Folio 49).

O)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del Ciudadano SERGIO LUÍS CONTRERAS ZAMBRANO, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia El sagrario, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el N° 505, Folio 131, correspondiente al año mil novecientos ochenta y dos (1.982), (Folio 52).

P)- Copias simples¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬ de las cédulas de identidad de los Ciudadanos MARITZA ZAMBRANO AVENDAÑO, JULIA ZAMBRANO DE RIVEROS, FLOR ELENA ZAMBRANO AVENDAÑO, ANTONIO JOSÉ ZAMBRANO AVENDAÑO (difunto), JOSÉ SABINO ZAMBRANO AVENDAÑO, ANA FRANCISCA ZAMBRANO AVENDAÑO (difunta), BERNYS DEL CARMEN ZAMBRANO AVENDAÑO, JORGE EDUARDO ZAMBRANO GONZÁLEZ, ANA JURY ZAMBRANO GONZÁLEZ, JOSÉ ANTONIO ZAMBRANO GONZÁLEZ, LUÍS ALBERTO ZAMBRANO GONZÁLEZ, FRANSER YADIRA CONTRERAS ZAMBRANO, LILIANA MABEL CONTRERAS DE ROJAS y SERGIO LUÍS CONTRERAS ZAMBRANO, (Folios 5, 8, 11, 14, 17, 22, 27, 32, 36, 39, 42, 46, 50 y 52).

Q)- Copias simples¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬ y originales de los Registros de Información Fiscal (RIF), de los Ciudadanos MARITZA ZAMBRANO AVENDAÑO, JULIA ZAMBRANO DE RIVEROS, FLOR ELENA ZAMBRANO AVENDAÑO, JOSÉ SABINO ZAMBRANO AVENDAÑO, BERNYS DEL CARMEN ZAMBRANO AVENDAÑO, JORGE EDUARDO ZAMBRANO GONZÁLEZ, ANA JURY ZAMBRANO GONZÁLEZ, JOSÉ ANTONIO ZAMBRANO GONZÁLEZ, LUÍS ALBERTO ZAMBRANO GONZÁLEZ, FRANSER YADIRA CONTRERAS ZAMBRANO, LILIANA MABEL CONTRERAS DE ROJAS y SERGIO LUÍS CONTRERAS ZAMBRANO, (Folios 6, 9, 13, 18, 29, 33, 37, 41, 44, 48, 51 y 53 ).
R)- Declaración de testigos ciudadanos: MARÍA GRACIA CARMONA DE VELÁZQUEZ y ERNESTO MÁRQUEZ, quienes fueron presentados por la parte interesada por ante este Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de esta Circunscripción Judicial y evacuados en fecha diecinueve (19) de julio del año dos mil doce (2.012), (folios 58 y 59).

Esta juzgadora al encontrar que la anterior solicitud no ha sido objetada ni ha tenido oposición de ninguna naturaleza y por cuanto estima suficientes en Derecho las actuaciones y recaudos acompañados, así como las declaraciones de los testigos presentados por ante este Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de esta Circunscripción Judicial y evacuados en fecha diecinueve (19) de julio del año dos mil doce (2.012) y en atención y consideración a las razones ya expuestas es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTES y BASTANTES las presentes actuaciones para declararlas de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del derecho que le asiste a los ciudadanos MARITZA ZAMBRANO AVENDAÑO, JULIA ZAMBRANO DE RIVEROS, FLOR ELENA ZAMBRANO AVENDAÑO, JOSÉ SABINO ZAMBRANO AVENDAÑO, BERNYS DEL CARMEN ZAMBRANO AVENDAÑO, JORGE EDUARDO ZAMBRANO GONZÁLEZ, ANA JURY ZAMBRANO GONZÁLEZ, JOSÉ ANTONIO ZAMBRANO GONZÁLEZ, LUÍS ALBERTO ZAMBRANO GONZÁLEZ, FRANSER YADIRA CONTRERAS ZAMBRANO, LILIANA MABEL CONTRERAS DE ROJAS y SERGIO LUÍS CONTRERAS ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, divorciados la primera, el cuarto y la quinta, casada la segunda y la decima primera, solteros la tercera, el sexto, la séptima, el octavo, el noveno, la decima y el decimo segundo,¬¬ titulares de las cédulas de identidad Nros. V – 8.001.529, V- 3.497.165, V – 3.036.913, V – 3.995.146, V -4.493.692, V – 12.351.529, V - 13.577.033, V – 14.917.561, V – 16.654.790, V – 12.353.919, V -14.106.469 y V – 17.523.619 respectivamente, domiciliados en la Ciudad de Mérida Estado Mérida y civilmente hábiles, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante MARÍA TIOFILA AVENDAÑO DE ZAMBRANO, quien era venezolana, viuda, de ochenta y nueve (89) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.457.867, natural de Mérida Estado Mérida, quien falleciera en Instituto Venezolano del Seguro Social de esta Ciudad de Mérida Estado Mérida, en fecha diez (10) de noviembre del año dos mil diez (2.010), dejando a salvo los derechos que pudieran asistirle a terceras personas. DADO, SELLADO, FIRMADO Y REFRENDADO EN LA SALA DE DESPACHO DE ESTE JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. En la Ciudad de Mérida, a los veintiséis (26) días del mes de julio del año dos mil doce (2012). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
LA JUEZ

ABG. MARÍA ELCIRA MARÍN OSORIO

LA SECRETARIA

ABG. MARÍA E. ABREU D.

En la misma fecha se copió y publicó, siendo las 09:00 de la mañana.-

Quedando su asiento en el libro diario bajo el Nº 01.

SRIA.