REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede en Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, veintiocho de junio de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2011-000652
ASUNTO : FP11-R-2012-000174

Vista la diligencia presentada en fecha 27 de Junio de 2012 por la Abogada JESICA MORENO MEO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 166.442; actuando en representación de C. V.G. BAUXILUM, C.A; mediante la cual expresamente DESISTE del recurso de apelación interpuesto oportunamente contra el auto de admisión de pruebas dictada en fecha 25 de Mayo de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz; el cual negó la prueba de inspección judicial en el archivo judicial, en consecuencia, por cuanto lo solicitado es procedente, este Tribunal le imparte su aprobación y la homologa declarando desistido el recurso de apelación intentado y en consecuencia quedó firme el auto de admisión de pruebas dictada por el tribunal de primera Instancia. En tal sentido, se ordena la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal de origen.
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. En Puerto Ordaz, a los Veintiocho (28) días del mes de Junio de 2012. Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el compilador respectivo.-
El Juez Superior Primero del Trabajo,

Dr. Rene Arturo López Ramo.
El Secretario de Sala,

Abog. Ronald Guerra

PUBLICADA EN EL DÍA DE SU FECHA, PREVIO ANUNCIO DE LEY A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM).-
El Secretario de Sala,

Abog. Ronald Guerra