REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, once de julio de dos mil doce.
202º y 153º

A los fines de verificar si ha vencido el lapso para la interposición del recurso de apelación contra la sentencia interlocutoria dictada por este Tribunal en fecha 02 de julio de 2012, mediante la cual declaró inadmisible la querella interdicta de amparo interpuesta por la ciudadana ROSA CONTRERAS contra los ciudadanos DARCY JOSEFINA FLORES DE RIVAS y RAFAEL RIVAS; efectúese por secretaria Cómputo pormenorizado de los días de despacho, transcurridos por ante este Tribunal desde el día en que constó en autos la publicación de dicha decisión esto es, el día 02 de julio de 2012, exclusive, hasta el día de hoy, 11 de julio de 2012, inclusive.

EL JUEZ TITULAR,


ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO

LA SECRETARIA TITULAR,



SULAY QUINTERO QUINTERO


LA SUSCRITA SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en atención a lo ordenado en el auto que antecede, pasa a efectuar el cómputo y a tal efecto, CERTIFICA: Que revisado tanto el Libro Diario como el almanaque judicial llevados por este Tribunal durante el presente año (2012), se pudo constatar que desde el día 02 de julio de 2012, exclusive, hasta el día de hoy, 11 de julio de 2012, inclusive, transcurrieron en este Juzgado SEIS (06) DIAS DE DESPACHO, discriminados en la forma siguiente: Martes 03, Miércoles 04, Viernes 06, Lunes 09, Martes 10 y Miércoles 11 de julio de 2012. Doy fe en Mérida a los once días del mes de julio de dos mil doce.


LA SECRETARIA TITULAR,



ABG. SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/yp.-
Exp. 10.458.-














JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, once de julio de dos mil doce.

202º y 153º

Como quiera que del cómputo que antecede (folio 145), se evidencia que el lapso para interponer el recurso de apelación contra la decisión interlocutoria dictada por este Juzgado en fecha 02 de julio de 2012 (folio 128 al 143), se encuentra totalmente vencido ---sin que la parte actora haya hecho uso legal de tal recurso dentro del lapso legal---, este Tribunal declara firme dicha decisión y le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, y ordena el archivo del presente expediente.

EL JUEZ TITULAR,

ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,


Abg. SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/yp.-
Exp. 10.458.