REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
EL JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, recibida directamente, suscrita y presentada por la ciudadana: YRADIS CAROLINA PARRA MORENO, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.256.453 y de éste domicilio; así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: MERYS MARGARITA MARTINEZ DE OSORIO, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.478.272, domiciliada en: Calle Principal de Santa Cruz de Las Mercedes, Casa N° 977, Las Mercedes, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy y FRANCISCO JAVIER MANSABEL MONTES, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.919.992, domiciliado en: Calle Principal, Santa Cruz de Las Mercedes, Casa N° 21, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, donde requieren de este Tribunal que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarles sus derechos, que se describen en la solicitud que encabezan estas actuaciones, éste Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara estas actuaciones TITULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana: YRADIS CAROLINA PARRA MORENO, antes identificada; sobre las bienhechurías que aparecen descritas en la solicitud a que se contrae el presente decreto, sin perjuicios de terceros de iguales ó mejores derechos, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.-
EL JUEZ,
ABG. CESAR AUGUSTO RODRIGUEZ ACOSTA
LA SECRETARIA,
ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.
En San Felipe a los Trece (13) días del mes de Marzo de 2.012, siendo las 10:00 horas de la mañana se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA,
ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.