REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 01 de Marzo de 2012
Años: 201º y 152º


Vistas y revisadas las actas que conforman el presente expediente seguido por la ciudadana VIRLA YOHEN CHAVEZ en contra del ciudadano ROLANDO ESBI PINEDA PEREZ y en beneficio de sus hijos IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTICULO 65 DE LA LEY PARA LA PROTECCION DEL NIÑO,NIÑA Y ADOLESCENTE el cual se Homologo en fecha 10 de Junio de 2005 por acuerdo suscrito entre las partes, se observa que desde el 12 de Febrero del año 2008, ninguna de las partes a comparecido a realizar ninguna actuación en la causa, sin embargo éste Juzgador para actualizar dicho expediente en fecha 17 de Abril de 2009, ordenó la notificación para la parte demandante para que retirara libreta cuenta de ahorro aperturada para la Manutención Mensual y manifestara su interés procesal la cual no compareció, por lo que se paralizó la causa por falta de Impulso procesal fecha 02 de Julio de 2009, y habiendo transcurriendo desde la fecha de la ultima actuación más de Cuatro años, éste Juzgador considerando que por razones de estadísticas y de espacio físico del archivo, no deben acumularse indefinidamente causas en estado de inactividad ordena el cierre de la causa sin que esto signifique por ningún motivo que éste Juzgador esté lesionando los derechos a los beneficiarios de ésta causa, en vista de que cualquiera de las partes podrá solicitar la apertura de una nueva causa, solicitando aumento de la Obligación de Manutención conforme a lo previsto en el articulo 369 parágrafo Tercero de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y adolescente.
En consecuencia se ACUERDA: Cerrar la presente causa. Asimismo archivar el presente expediente, desincorporarlo del inventario real y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial del Estado para su Guarda y custodia. Cúmplase con lo ordenado y déjese constancia en el Libro diario.-

El Juez,


Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA La Secretaria,


Abg. ERLEN MARTINEZ

EBA/klency.-
EXP N° 922/05