REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 22 de Marzo de 2012
Años: 201 y 152º

Vista las actas que conforman el presente Expediente signado con el Nro. 1651-2010, seguido por el ciudadano: ANGEL GUILLERMO LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.611.212, contra: LUIS ALFREDO YANES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-8.690.641, parte demandante y demandada en la presente causa por DAÑOS MATERIALES, se evidencia de la misma que el demandado cumplió con lo establecido en la sentencia en la cancelación del monto adeudado, según consta en el folio 42 donde la ciudadana GLADIS JOSEFINA BARRIO DE YANEZ, en su condición de esposa del demandado, por cuanto se subrogo la deuda en el acto de ejecución de la sentencia, consignando Cheque de Gerencia Nro. 00054193 del Banco Provincial y el cual fue entregado al ciudadano: JORGE LUIS MONTILLA PEREZ, en su condición de Apoderado Judicial de la parte demandante ciudadano: ANGEL GUILLERMO LOPEZ, retirando conforme, constancia esta que se evidencia en el folio 45 de este expediente. Ahora bien ejecutada como ha sido la sentencia de este fallo y por cuanto no hay mas actuación que realizar en el mismo, se acuerda Cerrar la presente causa. En consecuencia se ordena el archivo del Expediente, desincorporarlo del inventario real y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial para su guardia y custodia. Déjese constancia en el libro.
El Juez

Abg. Efraín Ballester Acosta
La Secretaria,

Abg. Erlen Martinez
EXP N° 1651-2010
EBA/EM/gc.