REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 06 de Marzo de 2012
Años: 201° y 152°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadana YELITZA ARILU RODRIGUEZ GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.076.973 con domicilio en la comunidad de La Peñita del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y JUANA EVANGELISTA VIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.991.359 domiciliada en la comunidad Ezequiel Zamora del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones, TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor del ciudadano ROBOHAN ABEL CORONA, Titular de la Cedula de Identidad N° 8.519.542, y de éste domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que el solicitante fomentó en un lote de Terreno municipal que Mide CIENTO SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMETROS (179,54 mts2), ubicado en la Calle 10 esquina avenida 11 de la Comunidad de la Pozo Nuevo de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de un local comercial, un dormitorio, una sala cocina, sala de baño, construida con paredes de bloque, piso de cemento, techo de acerolit, y una segunda construcción de una casa, construida con paredes de bloque, piso de cemento, techo de acerolit, una sala recibo, una sala, cocina, comedor, dos dormitorios con puertas de madera, una sala de baño, y un salón corredor, puertas y ventanas de hierro con ventanillas de vidrio, cercadas perimetralmente con paredes de bloques en un área total de construcción de R4-143.05 Metros Cuadrados; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida 11 en 10.10 ml; SUR: Casa que es o fue de Gilberto Reinoso en 8.90 ml; ESTE: Casa que es o fue de Domingo Fuentes en 19.35 ml; OESTE: Calle 10 su frente en 18.35 ml; Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento N° 22-03-01-AU-103-08-01 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 16 de Diciembre del año 2011. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese Copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 1909/2012.-

El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,

Abg. Erlen Martínez
EBA/EM/klency.-