REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSÉ ANTONIO PÁEZ


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 07 de Marzo de 2012
Años: 201° y 153°

Exp. Nº 1397-2012.-
Justificativo de Únicos y Universales Herederos

Visto el escrito que antecede; los documentos anexos al mismo y las de¬claraciones de los testigos jurados, ciudadanos MANUEL RAMON RAMIREZ OVIEDO y CARMEN ARELYS PINEDA ALVAREZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-4.127.292 y V-12.281.812 respectivamente, este Tri¬bunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autori¬dad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente para asegurar el derecho que le corresponde a los ciudadanos: YOSMAR COROMOTO CHAVEZ OVIEDO, CARLOS ENRIQUE CHAVEZ OVIEDO, EDINZO JOHAN CHAVEZ OVIEDO, JOSE WLADIMIR CHAVEZ OVIEDO Y AMARILIS COROMOTO CHAVEZ MORA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.245.659, V-14.608.716, V-15.285.586, V-14.608.714 y V-12.728.432 respectivamente, en su condición de hijos del ciudadano: JOSE WENCESLAO CHAVEZ RODRIGUEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.910.682, residenciado en la ciudad de Urachiche, Municipio Urachiche, Estado Yaracuy, fallecido en la ciudad de Urachiche, Municipio Urachiche, Estado Yaracuy, el día 06-07-2011; todo ello sin perjuicio de terceros, de iguales o mejores dere¬chos. Devuélvase original con sus resultas al solicitante previa expedición de las copias certificadas requeridas por la misma. Déjese copia de esta Providencia.
La Juez Provisorio,



Abg. MARLYN EMILIA RODRIGUES PEREZ;
La Secretaria;


Abg. Yuly R. Suárez V.

En la misma fecha se devuelve constante de Diecinueve (19) folios útiles.

La Secretaria;


Abg. Yuly R. Suárez V.