REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARISTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA

GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

CHIVACOA, 05 de Marzo de 2012
AÑOS: 201° y 153°

Por recibida la presente Comisión, mediante Oficio Nº 96-12, de fecha 29 de Febrero de 2012, procedente del Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, librado en el Juicio por INTIMACIÓN, signado con el Nº 1938-2011, intentado por el ciudadano EFRAIN JAVIER GARCÍA DUQUE, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.595.694, asistido por la Abogada en ejercicio JOHANNA RODRÍGUEZ VIRGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 127.031, contra el ciudadano ELVIS RAFAEL SÁNCHEZ REA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.109.116. Désele entrada, anótese en los libros respectivos, quedando signada bajo el Nº 752/12, acordándose su fijación una vez que la parte actora lo solicite. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN
EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE

GARM/mcgv.-
Com.752/12
GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 18 de Abril de 2012
Año: 201° y 153°
Visto el escrito presentado por el ciudadano EFRAIN JAVIER GARCÍA DUQUE, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.595.694, asistido por su Abogado JOHANNA JOSEFINA RODRÍGUEZ VIRGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.595.694, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 127.031, donde solicita a este Tribunal se sirva fijar día y hora para la práctica la medida comisionada, en consecuencia este Tribunal Ejecutor de Medidas fija su traslado y constitución, para la práctica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO, en la población de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, para el día Lunes 07 Mayo de 2012, a las 9:00 de la mañana. Se designa como Depositaria Judicial a la Depositaria Judicial Yaracuy S.R.L. Notifíquesele de su designación, lugar, día y hora de la práctica de la medida, al Destacamento Nº 45 de la Guardia Nacional del Estado Yaracuy, para que designe una Comisión de funcionarios únicamente para la protección del Tribunal, a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, al Comando de las Fuerzas Armadas Policiales del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, al Comando de la Guardia Nacional con sede en el Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y al Consejo de Protección del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Por otra parte se advierte expresamente que la ejecución de la medida es gratuita y los emolumentos que se generen por parte de los auxiliares de justicia, serán cancelados directamente por cuenta de la parte interesada, por lo que este Juzgado no tiene ninguna relación directa o indirecta con las erogaciones económicas que se generen por esta causa. Cúmplase.-

EL JUEZ TEMPORAL,


ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN

EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE
GARM/vapa
COM. No. 752/12
GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 26 de Noviembre de 2012
AÑOS: 202° y 153°

Revisada como ha sido la presente Comisión, y visto el auto de fecha 11 de Julio de 2012, el cual corre inserto al folio Trece (13) de la misma, donde se acuerda no fijar la medida de EMBARGO EJECUTIVO, hasta tanto la parte actora le de el respectivo Impulso Procesal, es por lo que este Tribunal observa: PRIMERO: En el presente Despacho de Comisión, conferido por el Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, se encargó a este Tribunal la práctica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO, en juicio de INTIMACIÓN, intentado por el ciudadano EFRAIN JAVIER GARCÍA DUQUE, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.595.694, asistido por la Abogado JOHANNA RODRÍGUEZ VIRGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 127.031, contra el ciudadano ELVIS RAFAEL SÁNCHEZ REA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.109.116. SEGUNDO: Recibida la comisión el día 05 de Marzo de 2012, se le dio entrada en la misma fecha y se le asignó el Nº 752/12, en fecha 17 de Abril de 2012, inserta al folio Cuatro (04), se recibió diligencia del ciudadano Efraín Javier García Duque, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.595.694, asistido por la Abogado Johanna Josefina Rodríguez Virguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 127.031, donde expone lo siguiente: solicita al Tribunal fije día y hora para la ejecución de la medida; la cual se fijaron oportunidades en las siguientes fechas: 18 de Abril de 2012, inserto al folio Cinco (05); 04 de Mayo de 2012, se libraron los oficios a los organismo auxiliares de Justicia que rielan en el folio Seis (06), al folio Once (11); 27 de Junio de 2012, al folio Doce (12); lo cual se evidencia que este Juzgado ha actuado ajustado a derecho a fin de dar cumplimiento a la presente comisión y visto que hasta la presente fecha no ha habido impulso procesal por la parte interesada. En consecuencia este Tribunal Ejecutor de Medidas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda devolver la presente Comisión por falta de Impulso Procesal al Juzgado Comitente. Désele salida, anótese en los Libros respectivos, provéanse las copias debidamente certificadas y remítase mediante Oficio. Cúmplase.-
EL.......


JUEZ TEMPORAL;

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN,
EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el Auto que antecede mediante Oficio Nº 180/2012, constante de Dieciséis (16) folios útiles.
EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT

GARM/vap
COM. Nº 752/12