REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo del Municipio Heres del
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 08 de Marzo de 2012
201º y 153º
RESOLUCION N°: PJ0252012000073
ASUNTO: FP02-S-2012-000895

Visto el auto de fecha 28-02-2012, inserto al folio 19 del presente asunto, se evidencia que la parte solicitante no dio cumplimiento a lo dictaminado por este juzgador en el despacho saneador en lo referente a la manifestación de la cualidad para que se le declare como causante del de cujus ciudadano REYES MANUEL VILLALBA, razón por la cual este tribunal, desestima la pretensión de DECLARACION DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS incoado por la ciudadana SONIA JOSEFA AVILES DE VILLALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.853.895, debidamente representada judicialmente por el abogado JOSE ANTONIO MEDINA, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 105.508.-
El Juez,

Abog. Orlando Torres Abache
La Secretaria,

Abog. Inocencia Linero