REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 19 de marzo de 2012
201º y 153º


ASUNTO: FP02-J-2012-000309
RESOLUCION Nº PJ0822012000327


SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista la solicitud de homologación de acuerdo por REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de fecha 26-01-2012, suscrita por los ciudadanos: CHARLES COVO VERGARA y KAREN LISSETTE QUINTERO FLORIAN, identificados en autos, debidamente asistidos por la Dra. MERCEDES M. DUQUES GONZALEZ, en su carácter de Defensora del Niño y del Adolescente de la Fundación Social Bolívar, cuyo escrito cursa en autos al folio 03 y 04, este Juzgado de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen los artículos 387 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-------------------------------------------------------------------------------------------------
La Juez de Mediación Nº 01

Dra. Ligia Elizabeth Moreno Rivero.

La Secretaria de Sala.

Abg.

LEMR/Ryna Sano.-