REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 20 de marzo de 2012
201º y 153º
ASUNTO: FP02-J-2012-000267/02
RESOLUCIÓN Nº PJ0832012000351
Sentencia Interlocutoria.
Solicitud por: Justificativo de Carga Familiar.-
Solicitantes: Ana Patricia Farfán Pasarella
Beneficio: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes)
Abogado: Graciela Marcano.
Revisando actas en el presente expediente, este Juzgado observa, que se cumplió con todos los requisitos exigidos en el presente asunto FP02-J-2012-000297 de Justificativo de Carga Familiar, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara la Justificación de Carga familiar a la Ciudadana: ANA PATRICIA FARFAN, titular de la Cedula de Identidad Nº. 19.871.395, a favor de su hija: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). Así se Decide Entréguense los documentos originales previa certificación en autos, a la parte interesada. Cúmplase. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.
EL JUEZ (2) DE MEDIACIÓN,
DR. FRANKLIN GRANADILLO PAZ
LA (EL) SECRETARIA (O)
FGP/Betzabeh Carpio.-
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