ASUNTO: FP02-J-2011-001052
RESOLUCION Nº PJ0832012000416

SENTENCIA INTERLOCUTORIA:
Declaración de Únicos y Universales Herederos.
Solicitantes: Santos José Figuera Rodríguez
Beneficiario: Santos José, Luís Evencio, Oscar José y (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).
Abogada: Yesenia Josefina Guevara Aro
Inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 44.898


Vista la solicitud que encabeza las actuaciones que anteceden, los documentos producidos y la justificación promovida y evacuada al efecto, éste Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 517 de la LOPNNA, concordancia con el 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceras personas de igual o mejor derecho, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara como: ÙNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante: EVENCIO ANTONIO FIGUERA, quien fuera Venezolano, mayor de edad, C.I. Nº 3.442.626, fallecido Ab-Intestato, el día 18 de Febrero del año 2008, a sus hijos de nombres: SANTOS JOSÉ, LUIS EVENCIO, OSCAR JOSÉ FIGUERA RODRÍGUEZ Y ,(Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) venezolanos, los tres (03) primeros mayores de edad y el último de diecisiete (17) años de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.049.275, V-8.885.830, V-8.885.831 y V-22.426.965 respectivamente. Cumplidas como han sido las actuaciones de autos, devuélvase en original la documentación al (la) solicitante y déjese copia certificada del fallo completo. ASI SE DECIDE. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-

El Juez (2º),


Abg. Franklin Granadillo Paz


La Secretaria de Sala


Abg. Neila Brizuela

FGP/Daisy Torres.-