REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN
DE PROTECCIÓN DEL NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
EXTENSION CIUDAD BOLIVAR

Ciudad Bolívar, 29 de febrero de 2012
201º y 152º
ASUNTO: FP02-J-2012-000033/02
RESOLUCION Nº PJ0832012000217

SENTENCIA INTERLOCUTORIA:
Declaración de Únicos y Universales Herederos.
Solicitante: Ana Mercedes Barreto de Oliveros
Beneficiarias: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes)
Abogada: Maria Magdalena Pérez


Vista la solicitud que encabeza las actuaciones que anteceden, los documentos producidos y la justificación promovida y evacuada al efecto, éste Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 517 de la LOPNNA, concordancia con el 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceras personas de igual o mejor derecho, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara como: ÙNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante: MANUEL VICENTE OLIVEROS MEZA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.526.538, fallecido Ab-Intestato, el día 11 de noviembre del año 2011, a su esposa ANA MERCEDES BARRETO DE OLIVEROS y a sus hijas de nombres: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), venezolanos, menores de edad. Cumplidas como han sido las actuaciones de autos, devuélvase en original la documentación a la solicitante y déjese copia certificada del fallo completo. ASI SE DECIDE. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.--------------------------------------
EL JUEZ (2º) DE MEDIACION


DRA. FRANKLIN GRANADILLO PAZ.

LA (EL) SECRETARIA (O)


FGP/Jessica.-