REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
YARACUY.
San Felipe, 02 de Mayo de 2012.
Años: 202° y 153°

Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, SONIA DEL CARMEN DURAND, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V- 7.591.706 y domiciliada en el Barrio Andrés Eloy Blanco calle 06 con callejón La Cancha casa S/N, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, y JESUS ALFONSO GUTIERREZ SOTO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número V- 3.256.226 y domiciliado en la Urbanización San José con calle 02 casa Nº 02-25, Municipio Independencia, Estado Yaracuy, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente, para asegurar el derecho que le corresponde a los ciudadanos: GABRIELA GISET SANCHEZ MELENDEZ y LUIS GABRIEL SANCHEZ MELENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 12.728.237, y V- 16.951.568, respectivamente, hijos de la ciudadana: ADELINA MERCEDES MELENDEZ CASTILLO, quien era venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cedula de identidad Nº V-3.709.624, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia de esta providencia.

EL JUEZ,

ABG. CESAR AUGUSTO RODRIGUEZ ACOSTA
LA SECRETARIA,

ABG. CELSA L., GONZÁLEZ A.

En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.

LA SECRETARIA,

ABG. CELSA L., GONZÁLEZ A.



Exp. Nº 267-12