REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Juicio de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, Treinta (30) de Mayo de Dos Mil Doce (2012).
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2009-000680
ASUNTO : FP11-L-2009-000680

Visto que los ciudadanos CANDELARIA ENRIQUEZ, JESÚS RAMÓN HERNÁNDEZ, ADDYS ALEXIA HERRERA, ELIGIO HERRERA GUZMÁN, MARCOS AURELIO JIMENEZ, JESÚS RAFAEL JIMENEZ, ANGEL EDUARDO JIMENEZ OQUENDO, NELLY KAIRUZ DE RODELO, JOSÉ ANGEL LARA, CARMEN HERMINIA LEÓN, JOSÉ DOMINGO LOPEZ ACOSTA, JESÚS ARMANDO MARCANO, FRANCISCO DE PAULA MERCANO GONZALEZ, PEDRO JOSÉ MARTINEZ, JUAN BAUTISTA MAYO REQUENA, VIDAL MAYORGA Y LUIS MENDEZ, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidades Nros. V-4.981.747, V-3.934.077, V-1.948.917, V-2.791.390, V-3.901.462, V-761.051, V-4.685.394, V-4.007.084, V-1.197.278, V-4.693.144, V-585.284, V-2.908.736, V-2.743.038, V-4.933.872, V-2.212.766, V-765.292 y V-1.333.627, debidamente asistidos por el ciudadano HECTOR ALONSO HERNÁNDEZ CORREA, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 120.187, partes actoras en la presente causa desistieron del juicio, lo cual se constata a los folios que van desde el 157 al 194 de la tercera pieza del expediente, y visto que en fecha 21/05/2012 la ciudadana ELBA HERRERA abogada en ejercicio, de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 93.273, actuando en su condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN ELECTRICA NACIONAL, S. A consignó diligencia, a través de la cual convino en el Desistimiento realizado por los actores, lo cual se constata en los autos, es por lo que, a tenor de lo dispuesto en los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil en concatenación con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta sentenciadora Homologa el Desistimiento efectuado por las partes accionantes y convenido por la parte accionada en la presente causa. Y así se establece.


LA JUEZA PRIMERA DE JUICIO DEL TRABAJO
ABOG. MARIBEL DEL VALLE RIVERO REYES


LA SECRETARIA DE SALA
ABOG. MAGLIS MUÑOZ.