REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, treinta (30) de mayo de dos mil doce (2012)
202º y 153º
ASUNTO: LP21-L-2012-000244
PARTE ACTORA: RAFAEL JOSUE ZAMBRANO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad numero V- 16.307.445.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: SOFIA SANTIAGO OSORIO
PARTE DEMANDADA: COMERCIALIZADORA AGROINDUSTRIAL DE MARACAIBO, C.A. (COSAGRI).
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

Visto que la parte actora el ciudadano RAFAEL JOSUE ZAMBRANO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad numero V- 16.307.445, no corrigió el escrito de la demanda interpuesto por él, dentro del lapso de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación del Despacho Saneador (notificación practicada en fecha 24 de mayo de 2012 y agregada a autos en esa misma fecha 24 de mayo de 2012) y de conformidad con el Articulo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: LA PERENCIÓN del presente proceso.
LA JUEZA.


ABG. MARÍA CAROLINA SÁNCHEZ QUINTERO.

LA SECRETARIA.


ABG. MARIA ALEJANDRA GUTIERREZ.