ASUNTO: UP11-J-2012-000606
SOLICITANTES: AMERICA TRIANA PEREZ DE OCHOA Y DARWIN JOSE OCHOA MARTINEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros 10.372.904 Y 11.647.573, domiciliados en la Urb. Melinton Cambero, calle 1ª, entre 8 y 9, casa Nro 18071, Boraure, Municipio La Trinidad estado Yaracuy y en la Av. Falcón, entrada Principal, con la Urb. Carlos Andrés Pérez, casa Nro 13, Boraure, Municipio La Trinidad estado Yaracuy.
ADOLESCENTE: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES)
MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION.
En fecha 14 de Marzo de 2012, se recibió escrito y demás recaudos anexos relativos a la Homologación de la OBLIGACION DE MANUTENCION, intentado por la ciudadanos AMERICA TRIANA PEREZ DE OCHOA Y DARWIN JOSE OCHOA MARTINEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros 10.372.904 Y 11.647.573, domiciliados en la Urb. Melinton Cambero, calle 1ª, entre 8 y 9, casa Nro 18071, Boraure, Municipio La Trinidad estado Yaracuy y en la Av. Falcón, entrada Principal, con la Urb. Carlos Andrés Pérez, casa Nro 13, Boraure, Municipio La Trinidad estado Yaracuy a favor de su hijas (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), quienes se encuentran asistidas por la Abg. Yamilet Morgado, en su condición de Defensora Pública Segunda de este estado
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Revisadas las actas procesales que conforman a la presente causa, este Juzgador hace las siguientes consideraciones para decidirla:
En fecha 15 de Mayo de 2012, siendo la oportunidad fijada para llevar a efecto la audiencia preliminar en su fase de mediación, se constituyó este Juzgado presidido por la jueza abogada ANILEC SILVA CAMACARO, por la secretaria abogada Noren Carvajal y el alguacil, ciudadano Ronal Chirinos. Se dejó constancia que no compareció la parte demandante ciudadano se deja constancia de la no comparecencia de los ciudadanos AMERICA TRIANA PEREZ DE OCHOA Y DARWIN JOSE OCHOA MARTINEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros 10.372.904 Y 11.647.573, domiciliados en la Urb. Melinton Cambero, calle 1ª, entre 8 y 9, casa Nro 18071, Boraure, Municipio La Trinidad estado Yaracuy y en la Av. Falcón, entrada Principal, con la Urb. Carlos Andrés Pérez, casa Nro 13, Boraure, Municipio La Trinidad estado Yaracuy a favor de su hijas (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), quienes se encuentran asistidas por la Abg. Yamilet Morgado, en su condición de Defensora Pública Segunda de este estado ni por si ni por medio de apoderado judicial que lo represente, vista la incomparecencia de las partes este tribunal dicto el dispositivo del fallo.
Encontrándose la causa para dictar sentencia, esta Juzgadora decide en los siguientes términos:
Ahora bien, al dejar constancia el Tribunal de la inasistencia de la parte demandante, se considera desistido el presente procedimiento. En consecuencia, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO LA PRESENTE SOLICITUD DE HOMOLOGACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, de conformidad con lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente, devolver los originales de los instrumentos presentados a la parte que los produjo, y dejar copias certificadas de éstos en el mismo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los quince (15) días del mes de Mayo de 2012. Años: 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Jueza,
Abg. Anilec Silva Camacaro
La Secretaria
Abg. Noren Carvajal
En esta misma fecha se publico la presente sentencia, siendo las 9:26 a.m.
La Secretaria
Abg. Noren Carvajal
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