REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veinticuatro de mayo del dos mil doce.

202º y 153º

Vista la Transacción de fecha 21 de mayo del dos mil doce (folio 190), celebrada entre los ciudadanos FABIAN ANTONIO SALINAS SANTIAGO, JOSE MARIO SPINETTI QUEVEDO y JOSE MANUEL QUINTERO STRAUS, titulares de las cedulas de identidad números V-11.798.793, V-676.411, V-3.031.072, asistidos por el abogado NELSON ANTONIO MARTINEZ BIANCULLI, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 70.148, en su carácter de parte demandada y el abogado PETER GEORGE PAEZ MONZON, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 15.992, en su carácter de parte demandante, en el presente proceso. El Tribunal homologa dicha transacción, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, da por terminado el proceso y ordena el archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión, no se hace pronunciamiento alguno sobre la medida de embargo ejecutivo por cuanto la misma no fue decretada. Y así se decide.-

EL JUEZ

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA



LA SECRETARIA

ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN.
JCG/Acen/ap