REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 21 de Noviembre del 2012
Años: 202° y 153°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JUAN JOSE CORTEZ PERDOMO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.738.204 y JOSE RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-22.324.382 ambos domiciliados en la Comunidad San José de Bruzual de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ANDREINA PASTORA RAMIREZ ORTIZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 16.483.358, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno privado, ubicado en la Calle 2 entre Prolongación Avenida 3 y Avenida Negra Hipólita, Comunidad San José de Bruzual de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, con una mayor extensión propiedad de promociones Campo Elías C.A, Representado por Francisco Hernández, Según documento Registrado Bajo el Numero 6 Folios 14 al 17 Protocolo Primero Tomo Segundo Primer Trimestre del año 26-01-1994, en un área Total de Terreno de 238, 00 Mts2, dicha bienhechuría posee las siguientes características: un (1) rancho de una (1) sola pieza, construido con paredes de barro, techo de zinc, piso cemento rustico, un (1) baño, además existe una construcción de una (1) casa construida con paredes de bloque rustico, piso de cemento rustico, distribuido de la siguiente manera: una (1) sala, con una (1) ventana hierro con vidrio y protector, un (1) baño y una (1) cocina-comedor, con una (1) puerta de entrada y otra trasera ambas de hierro, cercado con estantillo de madera viva y muerta a cinco pelos de alambres de púas, con servicios de3 aguas blancas y electricidad y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terreno que es o fue ocupado por Dilia Carmona en 20,00 ml; SUR: Terreno que es o fue ocupado por Mirian Peraza en 20,00 ml; ESTE: Calle 1 en 11,90 ml y OESTE: Calle 2 ( su frente )en 11,90 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO Código Catastral N° 22 03 01 U01 113 27 13 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 08 de Agosto del 2012. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 2328/2012.-


El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ



jt.