REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 22 de Noviembre del 2012
Años: 202° y 153°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: RODRIGUEZ JOSE GONZALEZ PERAZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.094.827 domiciliado en el Barrio Ali Primera Calle 1 con Avenida 1 de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y RAFAEL SIMON FALCON CORONADO venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.915.973 y domiciliado en el Barrio la Lucha Avenida 10 entre Calles 1 y 2 de la Ciudad de Chiovacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana YANNACELIS AUXILIADORA GONZALEZ GUTIERREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 17.813.372 respectivamente, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitantes dice poseer sobre un lote de terreno propiedad del Inti, ubicado en la Calle 1 con Avenida 1, Comunidad Ali Primera de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 427,48 Mts2 y un área de construcción de 40,27 Mts2 dicha bienhechuría posee las siguientes características: una (1) casa construida de paredes de bloque rustico, techo de zinc, piso de cemento rustico, distribuido de la siguiente manera: una (1) sala con una (1) puerta de entrada de hierro y una (1) ventana de hierro, una (1) cocina, con una (1) puerta trasera de salida y con una (1) ventana de hierro y dos (2) habitaciones, con ventanas de hierro y un (1) baño con una (1) puerta de hierro, cercadas perimetralmente con estantillos de madera viva y muerta a cinco (5) cintas o pelos de alambres de púas con servicios de aguas blancas y electricidad y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Mariela González en 28,80 ml; SUR: Avenida 1 en 28,80 ml; ESTE: Calle 1 ( su frente) en 15,50 ml OESTE: Terreno Vacuo en 14,20 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Código Catastral N° 22 03 01 AU 113 21 02 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 01 de Agosto del 2012. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 2300/2012.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
jt.