REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar 30 de noviembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO: FP02-V-2011-001495
Resolución Nº PJ0182012000325

Vista la diligencia de fecha 20/11/2012, suscrita por la abogada Omaira Teresa Carett, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Douglas Javier Mariño, mediante la cual solicita la suspensión de las medidas preventivas de embargo decretadas en el presente juicio y se oficie lo conducente al Jefe de Recursos Humanos de la empresa Siderurgica del Orinoco (SIDOR), Puerto Ordaz, a los fines de que se liberen las Prestaciones Sociales y demás beneficios laborales que percibe su representado en dicha empresa, así mismo pide que le sean reintegradas las cantidades de dinero que por concepto de utilidades correspondientes al año 2012 le fueron bloqueadas. El tribunal a los fines de proveer lo solicitado lo hace de la siguiente manera:

Revisadas como han sido las actas que conforman el expediente de las mismas se observa que en fecha 23/10/2012 este tribunal dictó sentencia interlocutoria con fuerza definitiva, mediante la cual declaró la Perención Breve en el presente juicio de Divorcio interpuesto por la ciudadana Judiris Joshira Vivas Gutiérrez contra Douglas Javier Mariño, ordenándose en la misma la notificación de la parte actora de dicha decisión, la cual se llevó a efecto el día 01/11/2012 tal como se evidencia de la consignación realizada por el alguacil (folio 77), y habiendo transcurrido el lapso correspondiente para que las partes ejercieran el recurso correspondiente, y no habiendo hecho uso del mismo, quedó definitivamente firme el fallo dictado el 23/10/2012.

Por todo lo antes expuesto, este tribunal SUSPENDE las medidas acordadas en fechas 22/11/2011 y 02/12/2011, las cuales fueron ratificadas el 05/11/2012 mediante oficio Nº 0810-598 para lo cual ordena oficiar lo conducente al Jefe de Recursos Humanos de la empresa Siderurgica del Orinoco (SIDOR), Puerto Ordaz, con la finalidad de que se sirvan suspender las mismas. Asimismo se da por terminado el presente asunto. Así se decide en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Procédase como se ha decidido. Líbrese Oficio.-
El Juez Provisorio,

Dr. José Rafael Urbaneja Trujillo.
La Secretaria,

Abg. Silvina Coa Martínez.
JRUT/SCM/lismaly.-