REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Municipio Heres del Primer
Circuito de la Circunscripción Judicial
del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 30 de noviembre de 2012

RESOLUCION Nº PJ025201200379
ASUNTO: FP02-S-2012-003143

Visto el escrito de solicitud de fecha 01/08/2012 presentado por el ciudadano Reyes Omar Plaz Guevara, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.921.638, debidamente asistido por la abogada Liseth Mendoza, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 159.949, mediante el cual interponen solicitud de declaración de únicos y universales herederos y, por cuanto de las actas se evidencia que el Tribunal mediante auto de fecha 01/10/2012, dictó despacho saneador a los fines que el solicitante indicaran si procrearon hijos y si son mayores de edad en un lapso de cinco días de despacho siguientes, requisito éste fundamental para la continuación de la pretensión y estando en la oportunidad procesal para que este juzgador emita el pronunciamiento correspondiente conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil y, hasta la presente fecha no han dado impulso procesal en lo que respecta a la indicación solicitada, en consecuencia este Tribunal DESESTIMA la solicitud, se de por terminado el presente procedimiento y se ordena su archivo definitivo.
El Juez,

Abg. Orlando Torres Abache.
La Secretaria,

Abg. Inocencia Linero