REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, Cinco (05) de Noviembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: FH02-X-2012-000045.

Por cuanto se encuentran llenos los requisitos de ley y vistos los documentos acompañados al libelo de demanda, este tribunal decreta, de conformidad con lo establecido en el artículo 191 del Código Civil Medida Preventiva de Secuestro sobre los siguientes vehículos: 1.) Marca: Ford, Modelo: Fiesta/Fiesta; Color: Amarillo; Tipo: Sedan; Año: 2005; Clase: Automóvil; Serial de Carrocería: 8YPZF16N358A40608; Serial de Motor: 5A40608; Placas: AA733DX; Uso: Particular y 2.) Marca: Honda, Modelo: Civil EX 1.6 5M; Color: Gris; Tipo: Sedan; Año: 1.999; Clase: Automóvil; Uso: Particular; Serial de la Carrocería: 8XHEK15B0XV300652; Serial del Motor: XV300652; Placas: MBH-94Z; para lo cual se comisiona suficientemente al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Heres y Raúl Leoni del Estado Bolívar e Independencia del Estado Anzoátegui del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.- Ofíciese lo conducente a la Inspectoría de Tránsito Terrestre de ésta Ciudad a fin de que practique la detención de los vehículos objeto de la medida decretada para que una vez detenidos sean puesto a la orden del referido Tribunal Ejecutor de Medidas.- Líbrese comisión y oficios respectivos.- En esta misma fecha se libraron los oficios Nros. 025-502/2.012 y 025-503/2012.-
El Juez,

Abg. Manuel Alfredo Cortés.-
La Secretaria,

Abg. Soraya Charboné.-
MAC/SCH/leydner.-
Asunto Principal: FP02-V-2.012-1498.-
Resolución Nº PJ0192012000231.-