REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, diecinueve de noviembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: UP11-V-2012-000579
DEMANDANTE: Bárbara Amarilys Duque Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V 21.113.897, residenciada en la Urb. El Parque, Av. Libertador, casa NRo 6-4, Municipio Independencia estado Yaracuy.
DEMANDANTE: Jean Alfonso Ramírez Rojas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 17.886.627, domiciliada en Barrio La Florida, calle 2, casa s/n, a una cuadra del Polideportivo, Tinaco, municipio José Laurencio Silva, estado Cojedes.
NIÑO: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
MOTIVO: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
En fecha 13 de Agosto de 2012, se recibió escrito y demás recaudos anexos relativos al procedimiento de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, por la ciudadana Bárbara Amarilys Duque Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V 21.113.897, residenciada en la Urb. El Parque, Av. Libertador, casa NRo 6-4, Municipio Independencia estado Yaracuy en contra del ciudadano Jean Alfonso Ramírez Rojas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 17.886.627, domiciliada en Barrio La Florida, calle 2, casa s/n, a una cuadra del Polideportivo, Tinaco, municipio José Laurencio Silva, estado Cojedes a favor de su hijo el niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
Revisadas las actas procesales que conforman a la presente causa, este Juzgador hace las siguientes consideraciones para decidirla:
En fecha 19 de Noviembre de 2012, siendo la oportunidad fijada para llevar a efecto la audiencia preliminar en su fase de mediación prolongada, se constituyó este Juzgado presidido por la jueza abogada ANILEC SILVA CAMACARO, por la secretaria Wendy Betancourt y el alguacil, ciudadano Edgar Meléndez. Se deja constancia de la no comparecencia de la ciudadana Bárbara Amarilys Duque Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V 21.113.897, residenciada en la Urb. El Parque, Av. Libertador, casa Nro 6-4, Municipio Independencia estado Yaracuy, ni por si ni por medio de apoderado judicial que la represente, parte demandante. Se deja constancia de la no presencia del ciudadano Jean Alfonso Ramírez Rojas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 17.886.627, domiciliada en Barrio La Florida, calle 2, casa s/n, a una cuadra del Polideportivo, Tinaco, municipio José Laurencio Silva, estado Cojedes, ni por si ni por medio de apoderado judicial que lo represente. Se deja constancia de la presencia del Abg. FRANCISCO PEREZ en su condición de Fiscal Séptimo Auxiliar del Ministerio Publico de este estado, vista la incomparecencia de la parte demandante el tribunal declara terminado el presente asunto.
Encontrándose la causa para dictar sentencia, esta Juzgadora decide en los siguientes términos:
Ahora bien, al dejar constancia el Tribunal de la inasistencia de la parte demandante, se considera desistido el presente procedimiento. En consecuencia, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de conformidad con lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente, devolver los originales de los instrumentos presentados a la parte que los produjo, y dejar copias certificadas de éstos en el mismo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los diecinueve (19) días del mes de Noviembre de 2012. Años: 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Jueza,
Abg. Anilec Silva Camacaro
La Secretaria
Abg. Wendy Betancourt
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